Reconocimiento de créditos

Curso académico 2024-2025

Actualización 30 octubre: acta definitiva y cuadro anexo con el listado de los reconocimientos

Calendario

Calendario de actuaciones de la comisión de valoración encargada del reconocimiento y/o transferencia de créditos

  • Recepción de solicitudes: hasta el jueves 3 de octubre de 2024
  • Constitución de la comisión de valoración: martes 8 de octubre
  • Publicación de los criterios generales: martes 8 de octubre
  • Reunión de la comisión para la resolución provisional de solicitudes y notificación a los interesados: viernes 11 de octubre
  • Plazo de reclamaciones: del lunes 14 al viernes 25 de octubre
  • Reunión de la comisión para la valoración definitiva de solicitudes y notificación a los interesados: martes 29 de octubre

Plazos y solicitud

Esta sección contiene información de un plazo terminado.

El plazo para solicitar el reconocimiento de créditos (convalidación de asignaturas) estará abierto del martes 24 de septiembre al jueves 3 de octubre de 2024.

  • La solicitud (véase Anexo I más abajo) se entregará en secretaría en horario de oficina. Deberá ir dirigida a la Dirección del Centro y, en los casos que sea necesario, se solicitarán las guías docentes, programaciones o documentos oficiales similares donde estén recogidas competencias y contenidos de las asignaturas cursadas.
  • Para el reconocimiento de créditos por actividades artísticas será necesario acreditar que dichas actividades han tenido lugar durante el período de estudios musicales de nivel superior.
  • La normativa que rige estos trámites viene recogida en el DOE 52 de 2020, Orden de 5 de marzo de 2020 que regula el sistema de reconocimiento y/o transferencia de créditos: https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2020/520o/20050035.pdf

Criterios de reconocimiento

Criterios generales para el reconocimiento y/o transferencia de créditos

En virtud de la normativa recogida en la orden de 5 de marzo de 2020 por la que se regula el sistema de reconocimiento y/o transferencia de créditos en las enseñanzas artísticas superiores de música, el Conservatorio Superior de Badajoz recoge en este documento los criterios generales utilizados para el reconocimiento y/o transferencia en dicho centro.

  1. Podrán reconocerse créditos ECTS cursados y obtenidos en centros oficiales del Espacio Europeo de Educación Superior.1
  2. Este reconocimiento se adecuará a las siguientes condiciones:
  • El reconocimiento de créditos se efectuará teniendo en cuenta la adecuación entre los contenidos y competencias asociados a las asignaturas cursadas por la persona solicitante y los previstos en el plan de estudios del centro de destino, entre los que deberá existir una coincidencia de al menos un 75 %, pudiendo corresponder a asignaturas de destino de cualquier curso y de cualquier materia.
  • En el caso de traslado de expediente entre Comunidades Autónomas para continuar los mismos estudios, se reconocerá la totalidad de los créditos obtenidos.
  • Cuando se acceda a una nueva especialidad del mismo título de enseñanzas artísticas superiores, será objeto de reconocimiento la totalidad de los créditos correspondientes a las materias de formación básica.
  • En ningún caso serán objeto de reconocimiento los créditos asignados al Trabajo de fin de grado (TFG).
  • Para las asignaturas objeto de reconocimiento de créditos se computará la calificación obtenida en el centro de procedencia. El reconocimiento de créditos en los que no conste la calificación no se tendrá en cuenta a los efectos de ponderación.
  • El alumnado podrá obtener el reconocimiento de hasta un máximo de 6 créditos por la participación en actividades culturales, artísticas, deportivas, de representación estudiantil, solidarias y de cooperación de acuerdo con el procedimiento que se dicte al efecto.
  • No se podrá obtener el título a través del reconocimiento de la totalidad de sus créditos. Así mismo, los créditos reconocidos no podrán superar el 60% de los créditos totales del plan de estudios del título que se pretende cursar.
  • Los créditos reconocidos quedarán recogidos en el expediente del alumno o de la alumna. Los créditos obtenidos por reconocimiento de créditos correspondientes a actividades formativas no integradas en el plan de estudios, que quedarán recogidas en el expediente académico, no serán calificados numéricamente ni computarán a efecto de cómputo de la media del expediente académico.

1Conforme a lo establecido en el artículo 6 del Real Decreto 1614/2009 así como en el Real Decreto 1618/2011.